Bases

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V CONCURSO NACIONAL DE FOTOGRÁFÍA CIUDAD DE ORIHUELA 2018

PRIMERA.- OBJETO. Las presentes bases tienen por objeto convocar la V Edición del Concurso Nacional de Fotografía “Ciudad de Orihuela”, a fin de promocionar la fotografía como vertiente cultural mental que por medio de la imagen fija y estática es testigo de las costumbres, estilos de vida, entorno; y al mismo tiempo como vertiente cultural artística donde el autor manifiesta sus valores y creencias a través de la imagen.

SEGUNDA.- ORGANIZACIÓN. Es organizador del presente Concurso Nacional de Fotografía “Ciudad de Orihuela”, el Excmo. Ayuntamiento de Orihuela, a través de su Concejalía de Cultura, en colaboración con las agrupaciones de fotógrafos CEPA Fotografía Orihuela y Street Soul Photography.

TERCERA.- NORMATIVA APLICABLE. El procedimiento para la concesión de estos premios se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, tal como establece el artículo 22.1 de la Ley 38/2003, de 17 de Noviembre, General de Subvenciones y se regirá por la citada Ley, el Reglamento que la desarrolla, las Bases de Ejecución del Presupuesto Municipal, las presentes Bases, el Plan Estratégico de Subvenciones del Excmo. Ayuntamiento de Orihuela, aprobado por Resolución de Alcaldía número 2017-0081, de 10 de marzo y la Ordenanza General reguladora de la concesión de subvenciones del Ayuntamiento de Orihuela, aprobada por acuerdo plenario de 24 de septiembre de 2015, conforme a lo dispuesto en su Disposición Adicional Única.

CUARTA.- APLICACIÓN PRESUPUESTARIA. El importe total del  único premio correspondiente a este concurso asciende a la cantidad de //1.000,00// € (MIL EUROS), y se abonará con cargo a la partida presupuestaria 008– 3341 – 48100 (Premios, Becas y Pensiones de Estudios e Investigación), correspondiente al ejercicio 2018.

QUINTA.- REQUISITOS DE LOS PARTICIPANTES. Podrán participar en este concurso las personas mayores de edad con nacionalidad española y residentes en España. Los participantes deberán declarar responsablemente no hallarse incursos en ninguna de las prohibiciones para percibir subvenciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, así como que se encuentran al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y del cumplimiento de las obligaciones por reintegro de subvenciones.

A tal efecto, los participantes deberán autorizar expresamente al Ayuntamiento de Orihuela a la consulta de los datos correspondientes al cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

SEXTA.- OBRAS Y FORMATO. Cada autor podrá presentar un máximo de tres obras con temática LIBRE. Las fotografías deberán ser no premiadas en otros concursos. No estará permitido el fotomontaje y por tanto la alteración de los elementos originales de la fotografía. La organización se reserva el derecho a solicitar los archivos originales para cotejar con la fotografía presentada en caso de duda durante el fallo. El formato de los archivos deberá ser el siguiente:

  • Archivos en formato JPG (compresión 10-12 Alta).
  • Tamaño no superior a 1 Mb.
  • Modo sRGB.
  • Resolución 72 ppp.
  • Tamaño de 1.500 px de ancho como lado mayor de la fotografía.
  • El nombre del archivo deberá ser el título de la obra.

El hecho de incumplir con alguno de los requisitos de formato exigidos puede suponer la descalificación de la fotografía.

SÉPTIMA.- ENVÍO DE OBRAS.  Las fotografías se enviarán a través de la página web www.fotomatonfestival.es

OCTAVA.- PLAZO DE ADMISIÓN. El plazo de recepción de las fotografías será de 30 días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de la Convocatoria del concurso en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante.

La hora de finalización de recepción de fotografías será las 23:59 horas de ese día. Cualquier fotografía recibida tras la hora indicada no será aceptada.

NOVENA.- PROPIEDAD DE LAS OBRAS. Todas las obras presentadas quedarán en propiedad absoluta del autor, reservándose la organización el derecho de su publicación (folletos, publicidad, redes sociales, web del concurso, etc.) o exhibición sin carácter comercial, citándose en todo momento el nombre del autor.

DÉCIMA. JURADO CALIFICADOR. El Jurado Calificador estará compuesto por fotógrafos de reconocido prestigio dentro del ámbito fotográfico nacional, siendo su fallo inapelable.

DÉCIMOPRIMERA.- CRITERIOS DE VALORACIÓN DEL JURADO, SELECCIÓN DE FINALISTAS Y EXPOSICIÓN. La valoración de las fotografías participantes dependerá de los criterios subjetivos de los miembros del Jurado, en cuanto a la calidad técnica, calidad compositiva, impacto visual y mensaje de la imagen.

El Jurado calificador hará una valoración de las fotografías participantes para seleccionar 40 finalistas. La organización del concurso se pondrá en contacto con los participantes finalistas para el envío de las fotografías en máxima calidad.

DÉCIMOSEGUNDA.- FALLO DEL JURADO. El fallo del Jurado sobre la fotografía ganadora del V Concurso Nacional de Fotografía “Ciudad de Orihuela” sobre las 40 fotografías finalistas se hará en un acto público el domingo 25 de noviembre de 2018 en el salón de actos de La Lonja de Orihuela.

DÉCIMOTERCERA.- PREMIO ÚNICO. Se otorgará un premio único, por importe de 1.000,00 €, a la mejor fotografía.

Sobre el importe de dicho premio se aplicará la retención fiscal que proceda legalmente.

DÉCIMOCUARTA.- EXPOSICIÓN Y DERECHOS SOBRE LAS FOTOGRAFÍAS IMPRESAS. Las fotografías finalistas se expondrán en la Sala de Exposiciones de la Lonja de Orihuela el mismo domingo 25 de noviembre y permanecerán expuestas como mínimo hasta la clausura del festival. Estas fotografías finalistas quedarán en propiedad del Ayuntamiento de Orihuela para su difusión en futuras exposiciones donde se citará en todo momento el nombre del autor.

DECIMOQUINTA.- ACEPTACIÓN DE LAS BASES Y DUDAS DE INTERPRETACIÓN. El hecho de concurrir en este concurso supone la total aceptación de las presentes bases. Cualquier incidencia surgida, no reflejada en las mismas, será resuelta por la organización. La organización queda facultada para resolver las dudas que pudieran surgir de la interpretación de estas Bases y además podrá adoptar las resoluciones o acuerdos necesarios para el buen funcionamiento del concurso en todo lo no previsto en las presentes bases.

DÉCIMOSEXTA.- PROTECCIÓN DE DATOS. Los datos personales recabados se tratarán conforme a la Ley Orgánica, 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

DÉCIMOSÉPTIMA.- PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN. El órgano competente para la aprobación de la concesión de este premio será la Junta de Gobierno Local.

El órgano competente para la instrucción del procedimiento de concesión del premio del V Concurso Nacional de Fotografía es la Concejalía de Cultura, en los términos establecidos por la Ley 38/2003, de 26 de noviembre, General de Subvenciones.

El Jurado Calificador examinará las solicitudes presentadas y, conforme a los criterios de valoración especificados en la base Décimoprimera elevará un informe de adjudicación al órgano instructor.

El órgano instructor, a la vista del expediente y del informe del órgano colegiado, elevará la propuesta de concesión del premio a la Junta de Gobierno Local.

Se prescindirá del trámite de audiencia en la propuesta de resolución al no figurar en el procedimiento ni ser tenidos en cuenta otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas por los aspirantes.

El acuerdo de otorgamiento del premio adoptado por el órgano concedente deberá ser motivado de acuerdo con lo que dispongan las bases reguladoras del concurso.

El acuerdo de concesión deberá especificar el participante al que se concede el premio especificado en estas bases.

DÉCIMOCTAVA.- PLAZO DE RESOLUCIÓN Y NOTIFICACIÓN. El acuerdo de aprobación de concesión del premio deberá dictarse y notificarse  una vez celebrado el acto público de anuncio del fallo del Jurado calificador y antes de la finalización del presente ejercicio 2018.

DÉCIMONOVENA.- PUBLICIDAD DE LA CONCESIÓN DEL PREMIO. La concesión del premio se anunciará el Tablón de Anuncios alojado en la Sede Electrónica de la Corporación (www.orihuela.es), sin perjuicio de su difusión por otros medios y sin perjuicio de que se proceda a su notificación al interesado, en los términos de los arts. 40 y 41 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

VIGÉSIMA.- SISTEMA DE ABONO DEL PREMIO. El premio será abonado mediante transferencia bancaria a la cuenta que designe el ganador del mismo.

VIGESIMOPRIMERA.- RECURSOS. El acuerdo de aprobación de las presentes bases pondrá fin a la vía administrativa y podrá ser recurrido potestativamente en reposición, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que lo ha dictado, o ser impugnado mediante interposición del recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de este Orden de Elche o el de la circunscripción de su domicilio, si este radicara fuera de la provincia de Alicante, a elección del interesado, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación del mismo, sin que tal recurso suspenda la ejecución del acuerdo.